El Tribunal Constitucional denegó un recurso mediante el cual la empresa sanitaria Essal, pretendía evitar una millonaria multa por el denominado mega corte de agua que se registró en Osorno en 2019.
El mencionado tribunal rechazó el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucional que presentó Essa, a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), mediante el cual pretendía evitar el pago de 2.720 Unidades Tributarias Anuales, lo que se traduce en 1.980 millones de pesos.
Lo anterior por las fallas ocurridas en julio de 2019, que significó la interrupción durante 10 días del suministro de agua potable a la ciudad de Osorno.
La petición fue elevada a la instancia por la empresa sancionada, alegando que la ley de Servicios Sanitarios -que establece que se pueden establecer varias multas por un solo evento- no aplicaba en el caso de Osorno.
La Superintendencia de Servicios Sanitarios determinó un total de nueve multas por ese hecho, que ocurrió a partir de una falla en la planta de Agua Potable de Caipulli, donde un derrame de combustible contaminó la fuente de agua, debiendo ser suspendido el suministro para la limpieza.
Los cargos apuntan a incurrir en deficiencias en la calidad del servicio de producción y distribución de agua potable, al igual que en la continuidad del suministro por un corte no programado entre los días 11 y 17 de julio de 2019.
Además, afectar a la generalidad de la población con la falta de operación de la Planta de Agua Potable Caipulli, poniendo en peligro la salud pública debido a la contaminación del agua con petróleo y la entrega de información manifiestamente errónea a las autoridades y a la población.