Octubre 10, 2024 6:15 pm
Portada » Puerto Montt: Corte declaró admisible recurso de protección por daños en humedal Valle Volcanes

La primera sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, compuesta por el ministro y presidente, Patricio Rondini, la ministra Ivonne Avendaño y el abogado integrante Darío Parra, declararon admisible un recurso de protección que busca resguardar el ecosistema del humedal urbano Valle Volcanes.

La acción fue emprendida por la Agrupación por los Humedales y Entorno Naturales (Gayi), junto con tres unidades vecinales del sector, de acuerdo a lo informado por soypuertomontt.cl.

De esta forma, el tribunal de alzada entregó un plazo de cinco días a la inmobiliaria Rossan, sindicada por el daño al humedal, para que informe respecto de las obras ejecutadas en este lugar y de esa forma resolver el fondo del requerimiento.

La acción de protección llevada a tribunales por el abogado de Osorno, Joaquín Aichele, explicó que el ecosistema que se busca proteger es un humedal inventariado y clasificado por el Ministerio del Medio Ambiente como un humedal Continental, Palustre, Emergente y Turbera, de una superficie de 189,3 hectáreas (conforme a resolución exenta número 1.408).

“El humedal constituye un espacio de alto valor cultural, patrimonial y ambiental para el ecosistema y para los habitantes de la ciudad de Puerto Montt”, remarcó.

Además, el documento apuntó a la falta de autorizaciones ambientales para llevar adelante proyectos en este lugar.

“Actualmente, la recurrida ha realizado trabajos de acondicionamiento de terreno, escarpe y despeje de vegetación en el mentado humedal y retirado, talado y destruido el ecosistema en el que se desenvuelven especies de alto valor ambiental, que, debido a su rareza, se encuentran en situación de peligro, como el alerce y sin que el proyecto fuese sido evaluado ambientalmente”.

En el recurso se solicita que cesen las operaciones de acondicionamiento de terreno y cualquier otra que suponga un riesgo para la integridad del humedal, en el perímetro de la propiedad en la cual la recurrida está efectuando sus operaciones.

También establece que “no pueda realizar operación alguna en el humedal Valle Volcanes, dentro del perímetro correspondiente, sino hasta que este sea evaluado ambientalmente por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”.