La Corte Suprema rechazó una demanda presentada por Francisca Lucía Ponce Pinochet, nieta de Augusto Pinochet, que buscaba la restitución de tierras al interior de una comunidad indígena de Puyehue, terrenos vinculados al Fundo El Pafú, en la región de Los Lagos.
En un fallo unánime, la Cuarta Sala del máximo tribunal revocó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que había acogido la acción judicial presentada por la nieta del fallecido dictador en contra de Juan Alberto Guerrero Castro y de la Comunidad Indígena Llanquileo.
El fallo indica que, “de acuerdo a los hechos acreditados y las alegaciones de las partes, es posible señalar que, una vez que adquirió derechos en el inmueble, dedujo esta en contra de los demandados que ya se encontraban en el lugar con anterioridad, los que, alegaron posesión sobre el mismo, haciendo presente un juicio anterior sobre interdicto posesorio, en el que no obtuvo, y una querella criminal que dedujo en su contra”.
Así, para la Cuarta Sala, “la ocupación efectuada por los demandados en el predio en cuestión tiene un origen anterior al dominio que invocó la demandante “.
“Que, de esta manera, se puede concluir que la tenencia u ocupación de la propiedad por parte de los demandados no deriva de ‘una actitud permisiva, de transigencia, aquiescencia o condescendencia’ de la actora, sino que de una ocupación anterior a la adquisición de derechos en el inmueble por aquella, respecto del que alegan incluso dominio, justificación que, en opinión de esta Corte, por tratarse el precario una cuestión de hecho, es suficiente para explicar la ocupación que llevan a cabo, pues en lo meramente fáctico ocupan el bien raíz no por ignorancia ni por mera tolerancia de la actual dueña, sino por una causa jurídicamente relevante, de manera que la magistratura del fondo infringió el inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil, toda vez que no encontrándose acreditados todos los presupuestos de hecho de la acción de precario acogieron la demanda intentada, cometiendo de esta forma error de derecho que ha tenido influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, de modo que el recurso en análisis debe necesariamente acogerse”, concluyó.
Por tanto, se resuelve en la sentencia de reemplazo que “se revoca la sentencia apelada de quince de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Osorno en cuanto acogió la acción de precario, y en su lugar, se declara que se rechaza la demanda de precario deducida por doña Francisca Lucia Ponce Pinochet en contra de don Juan Alberto Guerrero Castro y de la Comunidad Indígena Llanquileo”.
En virtud de esos antecedentes, la Suprema resolvió dejar sin efecto la sentencia de primera instancia favorable a la demandante y, en su reemplazo, rechazar la demanda de precario presentada por Ponce Pinochet, favoreciendo a la comunidad indígena y al otro demandado, al concluir que ocupaban el predio desde antes de que la demandante adquiriera derechos sobre el inmueble.

